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Un proyecto que no se rinde: Insisten para que “Ficha Limpia” avance en el Congreso.

Un bloque de Diputados exige que no puedan ser candidatos a cargos electivos nacionales quienes tengan condenas por delitos graves; ¿Qué propone este nuevo proyecto?

14 abril, 2026

El bloque de Provincias Unidas en la Cámara de Diputados ha presentado un nuevo proyecto de «Ficha Limpia» ante el Congreso de la Nación. Esta iniciativa tiene por objeto inhabilitar para ser candidatos a cargos electivos nacionales a aquellas personas que posean condenas por delitos graves.

La diputada nacional y jefa del bloque, Gisela Scaglia, ha manifestado a través de su cuenta de X: «Argentina requiere debatir Ficha Limpia. Este constituye mi aporte a una discusión ineludible. No partimos de cero: ya obtuvo media sanción en Diputados y en Santa Fe se incorporó a la Constitución como política de Estado. Es imperativo consolidar los avances logrados».

¿Qué establece el proyecto de Provincias Unidas?

El nuevo proyecto, presentado por la propia Scaglia junto a María Inés Zigarán, Carolina Basualdo y José Núñez, propone fundamentalmente inhabilitar como precandidatos y candidatos a cargos públicos electivos nacionales a los condenados por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública, sumándose a estos los condenados por corrupción, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.

Adicionalmente, se incluye a quienes hayan sido sentenciados por delitos de terrorismo y aquellos vinculados al tráfico ilícito de estupefacientes, secuestro extorsivo y trata de personas, así como por delitos contra la integridad sexual, delitos dolosos contra la vida o la integridad física, lavado de activos y delitos contra el orden constitucional y la vida democrática. Se incorpora también a las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos o registro equivalente, mientras subsista dicha condición.

Se detalla que «la inhabilitación se hará efectiva al existir condena confirmada por tribunal de alzada, aun cuando no revista carácter de firme. Esta se mantendrá mientras persista la condena o hasta transcurridos diez años desde el cumplimiento de la pena, aplicándose el plazo que resulte posterior. La inhabilitación prevista será aplicable con independencia de la interposición o pendencia de resolución de recursos extraordinarios, sin requerir sentencia firme ni autoridad de cosa juzgada».

«Resulta inadmisible que quienes aspiran a gestionar recursos públicos incumplan obligaciones elementales impuestas por la normativa legal».

Asimismo, el proyecto estipula que la Justicia Nacional Electoral será la encargada de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la iniciativa al momento de la oficialización de las candidaturas. Se exige, además, que los tribunales judiciales con competencia penal comuniquen de forma inmediata a la Justicia Nacional Electoral y al Registro Nacional de Reincidencia toda sentencia condenatoria, una vez que esta sea confirmada por tribunal de alzada y en los términos del presente proyecto.

«El Registro Nacional de Reincidencia mantendrá un registro público actualizado de las sentencias dictadas. No puede resultar indiferente para el sistema democrático que quienes aspiran a legislar o a administrar recursos públicos, incumplan obligaciones básicas impuestas por la propia ley», concluye.

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