La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal otorgó la prisión domiciliaria al exministro Julio De Vido, revocando una decisión anterior del TOF N°4. La resolución se fundamenta en el delicado estado de salud de De Vido, quien padece múltiples afecciones cardiovasculares y diabetes, y en la incapacidad del Servicio Penitenciario Federal (SPF) para garantizar la atención médica adecuada y oportuna que requiere.
Los jueces consideraron crucial el reciente episodio cardíaco que sufrió De Vido y las advertencias del Cuerpo Médico Forense (CMF), que si bien no descartó la prisión, señaló que solo era posible con condiciones médicas estrictas que la Unidad 19 de Ezeiza no cumple (como guardia médica permanente y capacidad de derivación inmediata). El fallo destacó la falta de guardia médica las 24 horas, la ausencia de insumos críticos para emergencias y las “demoras graves en la atención” evidenciadas durante el incidente de salud. La decisión se ampara en el principio de humanidad de las penas y la imposibilidad del sistema carcelario de responder eficazmente ante un nuevo cuadro crítico, delegando en el TOF N°4 la determinación de las condiciones de ejecución del arresto domiciliario.







