Esta decisión fue formalizada mediante la Resolución 444/2026 del Ministerio de Seguridad, que se publicó en el Boletín Oficial, y se centra en “los individuos que tienen restricciones vigentes para el ingreso a eventos deportivos”.
El propósito de esta normativa es colaborar en la planificación de la seguridad de la competencia. El documento, que no menciona los nombres ni la cantidad de personas afectadas, establece que la información se utilizará para la “planificación de la Seguridad a nivel táctico y operativo” y para anticipar posibles incidentes entre los asistentes.
La información proviene del programa Tribuna Segura, que regula el acceso a los estadios en Argentina y agrupa a aquellas personas cuya entrada está prohibida por decisión judicial, policial o administrativa.
La normativa existente ya contemplaba la posibilidad de intercambiar estos registros con organismos internacionales de seguridad a través de convenios específicos.
En este sentido, la resolución recuerda que se han llevado a cabo acciones similares para la Copa América 2024 y el Mundial de Clubes 2025, ambos en Estados Unidos, donde también se compartieron datos para la seguridad del evento.
El documento indica que los datos deberán ser utilizados “de manera exclusiva y excluyente” para la planificación del operativo del Mundial 2026, prohibiendo cualquier uso alternativo o posterior.
Asimismo, establece un lapso limitado: la información estará disponible durante el torneo y hasta “un período máximo e improrrogable de cinco días corridos posteriores a su finalización”.
Transcurrido ese tiempo, la resolución establece que se deberá proceder a la “eliminación definitiva e irreversible de la totalidad de la base de datos generada”, sin conservar copias o registros adicionales.
Esta iniciativa se enmarca en los acuerdos de cooperación en materia de seguridad firmados entre Argentina y Estados Unidos, que incluyen el intercambio de información para la prevención del delito en eventos internacionales.








