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La Justicia desestima financiamiento de los Caputo y lleva a juicio a Jonathan Morel y otros cuatro implicados

16 septiembre, 2026
La Justicia desestima financiamiento de los Caputo y lleva a juicio a Jonathan Morel y otros cuatro implicados

La Justicia Federal tomó este martes dos decisiones significativas en la investigación relacionada con Revolución Federal. Por un lado, desestimó la hipótesis de que la familia Caputo hubiera financiado las actividades de la agrupación a través de una relación comercial con Jonathan Morel, debido a la falta de pruebas. Por otro, determinó que cinco miembros de la agrupación deberán enfrentar un juicio oral por los actos de violencia que se les imputan.

 

Ambas resoluciones fueron emitidas por el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi. En una de ellas, se analizó la situación de Flavio Luis Nicolás Caputo, Hugo Luis Pascual Caputo y Rosana Pía Caputo, quienes quedaron sobreseídos. En la otra, el magistrado decidió clausurar la instrucción y elevar a juicio a Jonathan Morel, Leonardo Sosa, Sabrina Basile, Gastón Guerra y Lidia Casciano.

La hipótesis sobre posibles financiamientos surgió de informes de la Unidad de Información Financiera (UIF), que detectaron transferencias superiores a $6,5 millones hacia cuentas de Morel, de personas cercanas y de proveedores. Dichos movimientos estaban vinculados con los fideicomisos Espacio Añelo y Santa Clara del Sur, administrados por Caputo Hermanos. La investigación tenía como objetivo esclarecer si estos pagos se debían a servicios legítimos o si, en cambio, representaban una maniobra para financiar a Revolución Federal.

La querella, en representación de Cristina Kirchner, argumentaba que los pagos realizados por Caputo Hermanos a Morel y su entorno podrían encubrir el financiamiento de Revolución Federal. En particular, cuestionaron la contratación de Morel como carpintero y la temporalidad de los pagos en relación con las actividades de la agrupación.

La acusación planteaba inicialmente que los fondos podrían haber sido parte de un negocio simulado, sugiriendo que el dinero se había entregado bajo el pretexto de contrataciones de carpintería para justificar un financiamiento político. Sin embargo, la investigación demostró la existencia de Espacio Añelo, la realización de los trabajos y la provisión de mobiliario por parte de diversos proveedores.

El juez descartó que la relación comercial pudiera considerarse como una fachada. “No se encuentra probada una participación criminal de Caputo Hermanos en el accionar de Revolución Federal”, manifestó, y añadió que no surgieron comunicaciones, testimonios o documentos que validaran la hipótesis de que su vínculo con Morel encubriera un aporte a las actividades de la agrupación.

En esta misma línea, la resolución concluyó que la contratación de Morel estaba asociada a la provisión de mobiliario para el proyecto inmobiliario. “No hay dudas de que el vínculo entre Jonathan Morel y Caputo Hermanos fue real”, subrayó el magistrado, pero aclaró que la evidencia recolectada no permitía inferir que dicho vínculo hubiera tenido como objetivo el financiamiento de Revolución Federal.

El fallo también cuestionó la relación temporal entre ciertos pagos y las actividades de Revolución Federal, señalando que los desembolsos estaban alineados con el avance de la obra y se realizaron en los tiempos correspondientes a las prestaciones contratadas. Martínez De Giorgi diferenció las posibles irregularidades en algunas facturaciones de la hipótesis del financiamiento delictivo. Según su análisis, aun en casos de inconsistencias, “no hay constancia alguna de que se hayan realizado entregas de dinero para solventar la actividad criminal de Revolución Federal”, determinando que esas anomalías podrían ser atribuibles a mecanismos de elusión o evasión tributaria.

En paralelo, el juez consideró que la investigación sobre el accionar de Revolución Federal estaba lista para avanzar a la fase de juicio oral, tal como había solicitado el fiscal Gerardo Pollicita. La causa se originó en las actividades desenvueltas por Morel y Sosa, así como la participación de Basile y Guerra en redes sociales y manifestaciones públicas donde, según la acusación, promovían mensajes intimidatorios y violentos contra funcionarios del anterior gobierno.

Desde al menos mayo de 2022 hasta octubre del mismo año, Morel y Sosa organizaron una agrupación llamada “Revolución Federal”, donde Basile y Guerra también participaron, con el fin de imponer sus ideas mediante la fuerza o el temor, utilizando diferentes plataformas para difundir mensajes de odio y declaraciones violentas contra autoridades del Poder Ejecutivo Nacional.

La Cámara Federal había ratificado los procesamientos y ajustado la calificación legal de los hechos, que fueron clasificados como incitación a la violencia colectiva, conforme al artículo 212 del Código Penal.

En el caso de Lidia Casciano, su imputación fue posterior, tras el análisis de teléfonos secuestrados, donde emergieron mensajes considerados relevantes por su virulencia y amenaza. Su procesamiento fue confirmado por la Cámara Federal en marzo de 2025.

Morel también se vio involucrado en tres causas adicionales por amenazas dirigidas a diversas personalidades. Por esos incidentes, fue procesado por amenazas, acumulando cargos junto a los relacionados con Revolución Federal.

La defensa de Gastón Guerra había solicitado su sobreseimiento, argumentando la falta de pruebas que lo vincularan como organizador de Revolución Federal. No obstante, el planteo fue rechazado. El juez explicó que esas cuestiones ya se habían analizado al momento de dictar los procesamientos y que la defensa no presentó nuevos elementos para cambiar dicha conclusión. La certeza sobre la responsabilidad penal, aclaró, corresponde al tribunal que llevará a cabo el juicio oral.

Finalmente, el juez Martínez de Giorgi decidió no hacer lugar al sobreseimiento de Guerra y declaró cerrada la instrucción respecto a los cinco acusados. De esta manera, Morel, Basile, Guerra, Sosa y Casciano serán llevados a juicio oral por los hechos que se les imputan. El magistrado concluyó que no halló pruebas para respaldar que Caputo Hermanos hubiera financiado a Revolución Federal, pero sí consideró que existen suficientes elementos para juzgar a los integrantes de la agrupación por los actos de violencia e intimidación que se les atribuyen.

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